Resumen del tema




ESPAÑA EN LA UE:
El camino de España hacia Europa comenzó a allanarse con la llegada de la democracia.  En 1977 se presentó la demanda de adhesión y el 1 de enero de 1986 entró en vigor el Tratado de Adhesión. Desde entonces, la transformación económica, social y política en España ha sido enorme,  entre otros motivos por la enorme cantidad de fondos regionales y de cohesión que han acelerado el desarrollo de la mayor parte de las regiones españolas.


Tratado de Maastricht: Se firma el 7 de febrero de 1992, entra en vigor el 1 de noviembre de 1993 tiene como finalidad preparar la Unión Monetaria Europea e introducir elementos de unión política (ciudadanía, políticas comunes de asuntos exteriores y de interior). Sus  Principales cambios son establecimiento de la Unión Europea e introducción del procedimiento de codecisión, dando más protagonismo al Parlamento en la toma de decisiones. Nuevas formas de cooperación entre los gobiernos de la UE, por ejemplo en materia de defensa y de justicia e interior.

Tratado de Ámsterdam: Se  Firma el 2 de octubre de 1997, entra en vigor el 1 de mayo de 1999.  Su  finalidad es reformar las instituciones de la UE para preparar la llegada de futuros países miembros. Principales cambios: modificación, re numeración y consolidación de los tratados CEE y UE. Mayor transparencia en la toma de decisiones (se recurre más a menudo al voto por el procedimiento de codecisión).

Tratado de Niza: Se firma el 26 de febrero de 2001. Su  Entrada en vigor se da el 1 de febrero de 2003 y tiene como finalidad reformar las instituciones para que la UE pudiese funcionar eficientemente tras sumar 25 países miembros. Principales cambios: métodos para cambiar la composición de la Comisión y re definir el sistema de voto en el Consejo.

Tratado de Lisboa: Se Firma el día 13 de diciembre de 2007,  entra en vigor: 1 de diciembre de 2009. Tiene como finalidad: hacer la UE más democrática, más eficiente y mejor capacitada para abordar, con una sola voz, los problemas mundiales, como el cambio climático. Principales cambios: aumento de competencias del Parlamento Europeo, cambio de los procedimientos de voto en el Consejo, iniciativa ciudadana, carácter permanente del puesto de Presidente del Consejo Europeo, nuevo puesto de Alto Representante para Asuntos Exteriores y nuevo servicio diplomático de la UE. El Tratado de Lisboa aclara qué competencias se atribuyen a la UE se atribuyen a los países miembros de la UE y se comparten.

Reunión de los firmantes del Tratado de Lisboa, en 2007



PAÍSES MIEMBROS:
País Miembro desde Particularidades  Bélgica
Francia
Alemania
Italia
Luxemburgo
Países Bajos 1958 Firmantes originales del Tratado de Roma de 1957.
Dinamarca
Irlanda
Reino Unido 1973   
Grecia 1981 La adhesión de Grecia consolidó la democracia en el país. 
Portugal
España 1986 Esta ampliación consolidó la democracia en Portugal y España. 
Austria
Finlandia
Suecia 1995   
Chipre
República Checa
Estonia
Hungría
Letonia
Lituania
Malta
Polonia
Eslovaquia


AMPLIACIONES:
Eslovenia (2004): Con vistas a re unificar el continente tras el muro de Berlín y el desmoronamiento de la Unión Soviética, esta ampliación fue lanzada por el Consejo Europeo de diciembre de 1997. Las negociaciones se desarrollaron por separado con cada país, sobre la base de un marco de negociación único. 

Bulgaria y Rumanía (2007): El ritmo de reformas de Bulgaria y Rumanía no les permitió ingresar en la Unión en 2004. Aunque las condiciones de adhesión fueron similares a las de los diez países que ingresaron en 2004, se creó un «mecanismo de cooperación y verificación» en algunos ámbitos fundamentales (la reforma judicial, y la lucha contra la corrupción y, en el caso de Bulgaria, la delincuencia organizada) para seguir haciendo un control de los avances en estos ámbitos tras la adhesión. La Comisión presentó su último informe sobre los avances de estos países en enero de 2014. 

Croacia (2013): Estas negociaciones de adhesión fueron las primeras sujetas a las condiciones más estrictas instituidas por el «consenso renovado sobre la ampliación» establecido por el Consejo Europeo de diciembre de 2006.





CONSECUENCIAS DE LA AMPLIACIÓN DE LA UE:
Este proceso de ampliación supondrá repercusiones diferenciadas para cada uno de los actuales miembros de la UE, entre ellos nuestro país. En lo que se refiere a los efectos económicos más relevantes, además de preguntarse sobre cómo se orientarán los flujos de comercio, de trabajadores o de inversión directa, hay que analizar las consecuencias de la ampliación sobre el montante y distribución de los fondos estructurales, ya que España es uno de los principales beneficiarios de los mismos. Todo ello, a su vez, tiene consecuencias sobre los equilibrios macro económicos de la economía española, especialmente el crecimiento, el empleo y el comportamiento de los precios. Así, bajo el título La Ampliación de la Unión Europea.
Efectos sobre la economía Española, el Servicio de Estudios de La Caixa ha publicado una mono grafía que, junto a Carmela Martín y Javier Velázquez, hemos elaborado para tratar de evaluar los efectos de la ampliación sobre la economía española. Este artículo es un resumen de dicha monografía en el que se enfatizan los aspectos macro económicos del gran reto que para nuestro país representa la ampliación.



INSTITUCIONES DE LA UE:
El Consejo Europeo marca la dirección política general de la UE, pero no tiene poder para aprobar leyes. Se reúne durante dos o tres días cada seis meses como mínimo, con su Presidente a la cabeza, en la actualidad Herman Van Rompuy, y está compuesto por los Jefes de Estado o de Gobierno nacionales, además del Presidente de la Comisión. 
Tres instituciones principales participan en la elaboración de la legislación de la UE: El Parlamento Europeo, que representa a los ciudadanos de la UE y es elegido directamente por ellos. El Consejo de la Unión Europea, que representa a los gobiernos de cada uno de los Estados miembros; los Estados miembros comparten la Presidencia del Consejo con carácter rotatorio. La Comisión Europea, representa los intereses de la Unión en su conjunto. Otras dos instituciones desempeñan funciones de gran importancia: el Tribunal de Justicia vela por el cumplimiento de la legislación europea, y el Tribunal de Cuentas controla la financiación de las actividades de la UE. El Banco Central Europeo es responsable de la política monetaria europea.

Parlamento Europeo







Tribunal de Justicia UE




INTEGRACIÓN ESPAÑOLA EN EUROPA:
FACTORES DE LA INTEGRACIÓN:
A)     Políticamente; tras la muerte de Franco y el paso a la transición España inicio las conversaciones para entrar en la CCE. Europa vio este gesto como una muestra de que España quería ser un estado democrático.
B)      Económicamente: la crisis de 1975 puso de manifiesto la situación que se encontraba España en esos momentos. La posibilidad de encontrarse en la CCE ofrecía una posibilidad  de paliar los efectos de la crisis.
España empezó así un proceso de de reformas económicas que permitieron presentar su integración con posibilidades de éxito.


Firma del Tratado de Adhesión de España a la CEE en 1986

CONSECUENCIAS DE LA INTEGRACIÓN:

a)      Terreno político reforzó el reciente sistema democrático español y el Estado de derecho.
b)      Terreno económico, España presentaba un notable retraso respecto a la CCE en el momento de su ingreso: Su tasa de paro duplicaba a la europea; el PIB per cápita era muy inferior, y las actividades económicas se caracterizaban por una baja productividad que le restaba competitividad
Puso fin a décadas de aislamiento.  Obligo a realizar reformas para adaptarse a la economía y a las políticas comunitarias sobre agricultura pesca transporte e industria. En este esfuerzo conto con importantes ayudas económicas. El resultado ha sido un importante crecimiento económico y de convergencia.
c)       En el terreno social al ingresar en la CCE España carecía de un Estado del bienestar homologable al de los otros miembros. Desde entonces, las administraciones públicas dedicaron un acto creciente a su creación y consolidación.



POSICION ACTUAL EN LA UE Y PERSPECTIVAS:
POSICIÓN ACTUAL DE ESPAÑA EN LA UE:
Localización geográfica, en el extremo suroeste del continente, Claramente periférica respecto al espacio central Europeo y se ha acentuado con el ingreso de nuevos países miembros.
a)      Su situación geoestratégica, en una encrucijada de mar y continente, favorece su papel de mediación entre la UE y los ámbitos atlánticos y mediterráneos,
b)      Su superficie y su población, sitúan a España como segundo estado comunitario más extenso y quinto más poblado.
c)       Sus rasgos socioeconómicos colocan a España en una posición intermedia entre los países más avanzados y los estados que han ingresado en las dos últimas ampliaciones.

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